SERVICIOS SOCIALES

Solicitud de Valoración de Discapacidad

Qué es

En esta Valoración se recogen las discapacidades que presenta la persona y en su caso los factores sociales complementarios, relativos entre otros a su entorno familiar y situación laboral, educativa y cultural que dificultan su integración social.

El grado se expresa en porcentajes.

Puede solicitarse el Reconocimiento o la Revisión.

Quién lo puede solicitar

-Personas que padezcan algún tipo de discapacidad física, psíquica o sensorial, empadronadas en el municipio de Arratzua-Ubarrundia, con nacionalidad española o Tarjeta de Residente en vigor (para personas extranjeras no comunitarias) o Pasaporte en vigor, con Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión (para personas extranjeras comunitarios).

Documentación a aportar

- Solicitud según modelo (que será suministrado por el Servicio Social de Base).  

- DNI o NIE de la persona interesada.

-En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud en nombre de la persona incapaz.

- Informe médicos y/o  psicológicos.

- En caso de menores:

·         Libro de Familia

·         Separación: Convenio regulador de la Guarda y Custodia.

·         Acogimiento familiar: resolución administrativa o judicial por la que se constituye.

-Volante de empadronamiento (o autorización al Servicio Social de Base para pedirlo).

 

Dónde se solicita

Cita Previa:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Jueves de 8:00 a 15:00: 945 45 50 11

Miércoles y Viernes de 8:00 a 15:00: 945 43 04 60

 

Presencialmente: Servicio Social de Base (Plaza La Landa, 1-  01520 Durana, Lunes de 12: 00 a 14:00 y miércoles 9:00 a 11:00): 945 29 90 63

 

Cuánto cuesta

Gratuito

Plazo del Procedimiento

- Plazo máximo: tres meses.

- Silencio administrativo: negativo

Normativa aplicable

- Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía (BOE; nº62, del 13 de marzo  de 2000, en el que se establece la corrección de errores del Real Decreto 1971/1999).

-Real Decreto 1169/2003, de 12 de Septiembre, por el que se modifica el anexo I del Real Decreto 1971/2009, de 23 de Diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

-Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad y por el que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.

-Decreto Foral 24/2013 del Consejo de Diputados de 23 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad y el reconocimiento de la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlos, el derecho de acceso y procedimiento de acceso en tales situaciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Alava

Procedimiento a seguir después de la solicitud

1.Recoger solicitud,

2. Comunicación de la cita para la valoración.

3. Remitir al Instituto Foral de Bienestar Social.

Resumen de trámites posteriores

1. Valoración del caso.

2. Resolución de la solicitud por Instituto Foral de Bienestar Social.

Quién lo aprueba

Instituto Foral de Bienestar Social ( Diputación Foral de Alava)

Servicio Municipal Responsable de la tramitación

Servicio Social de Base

Observaciones

Consultar página web de la Diputación Foral de Alava

 

La persona que recoja la solicitud no entrará a valorar la misma.