SERVICIOS SOCIALES

Solicitud de Valoración de Dependencia BVD de Orientación a recursos

Qué es

Dependencia: Es el estado de carácter permanente en el que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.

Quién lo puede solicitar

Personas  empadronadas en Arratzua-Ubarrundia que tengan una residencia legal en el Estado con 5 años de antigüedad, de los cuales 2 han de ser inmediatamente anteriores a la solicitud.

Documentación a aportar

Solicitud según modelo ( que será suministrado por el Servicio Social de Base) y además:

- DNI o, en su defecto, cualquier otro documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante y, en su caso, de su representante legal o persona que ejerza la guarda de hecho.

- En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud en nombre de la persona incapaz.

- Informe médico para valorar la Dependencia que se emite por el médico cabecera (Osakidetza) y cualquier otro informe complementario.

- Cartilla de la Seguridad Social.

- En caso de menores:

·         Libro de Familia

·         Separación: Convenio regulador de la Guarda y Custodia.

·         Acogimiento familiar: resolución administrativa o judicial por la que se constituye.

-Volante de empadronamiento (o autorización al Servicio Social de Base para pedirlo).

 

Dónde se solicita

Cita Previa:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Jueves de 8:00 a 15:00: 945 45 50 11

Miércoles y Viernes de 8:00 a 15:00: 945 43 04 60

 

Presencialmente: Servicio Social de Base (Plaza La Landa, 1-  01520 Durana, Lunes de 12: 00 a 14:00 y miércoles 9:00 a 11:00): 945 29 90 63

 

Cuánto cuesta

Gratuito

Plazo del Procedimiento

- Plazo mínimo: un mes.

- Plazo máximo: seis meses.

- Silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

VALORACIÓN DE DEPENDENCIA:

-Ley de 39/2006 de 14 de Diciembre, de promoción de autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

-Real Decreto Ley 174/2011, de 11 de Febrero, aprobado el baremo de valoración de dependencia establecido por la Ley 39/2006 de 14 de Diciembre.

- Decreto Foral 24/2013 del Consejo de Diputados de 23 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad y el reconocimiento de la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlos, el derecho de acceso y procedimiento de acceso en tales situaciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Alava.

Procedimiento a seguir después de la solicitud

1.Recoger solicitud,

2. Comunicación de la cita para la valoración.

3. Remitir al Instituto Foral de Bienestar Social.

Resumen de trámites posteriores

1. Valoración del caso.

2. Resolución de la solicitud por Instituto Foral de Bienestar Social.

Quién lo aprueba

Instituto Foral de Bienestar Social ( Diputación Foral de Alava)

Servicio Municipal Responsable de la tramitación

Servicio Social de Base

Observaciones

Consultar página web de la Diputación Foral de Alava

 

La persona que recoja la solicitud no entrará a valorar la misma.