PADRÓN |
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Qué es |
Documento que acredita el empadronamiento de una persona o personas en un domicilio, con los datos que constan en ese momento en el padrón municipal de habitantes |
Quién lo puede solicitar |
La persona interesada o su representante |
Documentación a aportar |
• Si se solicita por fax , por correo o por email, solicitud general • Si viene la persona interesada deberá aportar el documento original de su DNI o pasaporte o documento de identidad que lo sustituya, o en su caso permiso de residencia o NIE. • Si viene el representante deberá aportar: - Original del documento que acredite su autorización. (Escrito de autorización) - DNI o pasaporte o documento de identidad que lo sustituya, o en su caso permiso de residencia o NIE, según proceda, del autorizante. • Caso de solicitarlo por teléfono, los datos a aportar y comprobar son: DNI dirección, nombre y dos apellidos (y se remitirá el Certificado exclusivamente al domicilio que conste en padrón) |
Dónde se solicita |
Presencialmente: En el Ayuntamiento C/ Uribea, 12, Durana en horario de Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00. Por correo postal: En las oficinas de correos mediante correo ordinario. Por fax: 945 29 96 02 Telemáticamente: www.arratzua-ubarrundia.com E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Para más información llamar al 945 29 95 16 |
Cuánto cuesta |
Gratuito |
Plazo del Procedimiento |
Al momento. |
Normativa aplicable |
Artículo 53 y siguientes del Real Decreto 1690/1986, Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (BOE nº190 de 14 de agosto de 1986). Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local (BOE nº 80 de 3 de abril de 1985), art. 15 y siguientes |
Procedimiento tras la solicitud |
1. Recoger y comprobar la documentación a aportar, en caso de ser correcta, escanear y registrar la solicitud. 2. Realizar el trámite de petición del certificado a través del sistema informático.
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Resumen de trámites posteriores |
1. Entregar el certificado de empadronamiento individual o colectivo a la persona interesada. En caso de solicitud telefónica, remitirlo por correo según procedimiento establecido por el Ayuntamiento. 2. Archivar |
Quién lo aprueba |
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Servicio Municipal Responsable de la tramitación |
Atención Ciudadana |
Observaciones |
- El documento sólo tiene validez informativa. - En campaña de matriculación escolar, el Ayuntamiento remitirá a las personas interesadas el volante un mes antes del inicio de los plazos de la correspondiente campaña. |