PADRÓN |
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Qué es |
Documento que acredita el empadronamiento de una/s persona en un domicilio, con los datos que constan en ese momento en el padrón municipal de habitantes. Se diferencia del volante de empadronamiento en que el documento lleva la firma de Secretaría y el visto bueno de Alcaldía. |
Quién lo puede solicitar |
La persona interesada o su representante |
Documentación a aportar |
• Si se solicita por fax , por correo o por email, solicitud general • Si viene la persona interesada deberá presentar el documento original de su DNI o pasaporte o documento de identidad que lo sustituya, o en su caso permiso de residencia o NIE. • Si viene el representante deberá aportar: - Original del documento que acredite su autorización. (Escrito de autorización) - Copia del DNI o pasaporte o documento de identidad que lo sustituya, o en su caso permiso de residencia o NIE, según proceda, del autorizante. • Caso de solicitarlo por teléfono, los datos a aportar y comprobar son: DNI dirección, nombre y dos apellidos (y se remitirá el Certificado exclusivamente al domicilio que conste en padrón). |
Dónde se solicita |
Presencialmente: En el Ayuntamiento C/ Uribea, 12, Durana en horario de Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00. Por correo postal: En las oficinas de correos mediante correo ordinario. Por fax: 945 299602 Telemáticamente: www.arratzua-ubarrundia.com E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Para más información llamar al 945 29 95 16 |
Cuánto cuesta |
Gratuito |
Plazo del Procedimiento |
Presencial y Telemáticamente: Al momento. Por correo: 7 días |
Normativa aplicable |
Artículo 53 y siguientes del Real Decreto 1690/1986, Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (BOE nº190 de 14 de agosto de 1986). Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local (BOE nº 80 de 3 de abril de 1985), art. 15 y siguientes |
Procedimiento tras la solicitud |
1. Recoger y comprobar la documentación a aportar, en caso de ser correcta, escanear y registrar la solicitud. 2. Realizar el trámite de petición del certificado a través del sistema informático. |
Resumen de trámites posteriores |
1. Firmar el certificado de empadronamiento individual o colectivo por Alcaldía y Secretaría. 2. Entregar el certificado de empadronamiento individual o colectivo a la persona interesada. En caso de solicitud telefónica, remitirlo por correo según procedimiento establecido por el Ayuntamiento. 3. Archivar |
Quién lo aprueba |
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Servicio Municipal Responsable de la tramitación |
Atención Ciudadana |
Observaciones |
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