PADRÓN |
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Qué es |
Alta en el padrón municipal de habitantes de Arratzua-Ubarrundia de un/a recién nacido/a |
Quién lo puede solicitar |
Cualquier progenitor del/la recién nacido/a con autorización del otro, o tutor legal o representante de ambos progenitores o del tutor legal con autorización expresa. |
Documentación a aportar |
• Hoja de Solicitud de Alta Padronal por Nacimiento cumplimentada. • DNI, pasaporte o permiso de residencia de la persona solicitante. • Libro de familia donde conste el/la recién nacido/a. • En el caso de no acudir ambos progenitores o si el menor se empadrona con uno solo de los progenitores, Documento de autorización entre progenitores, o documento que demuestre la tutelaen exclusiva del menor. • Documentación que acredite la tutela, en caso de contar con un tutor legal diferente de los progenitores. |
Dónde se solicita |
Presencialmente: En el Ayuntamiento C/ Uribea, 12, Durana en horario de Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00. Por correo postal: En las oficinas de correos mediante correo ordinario. Telemáticamente: www.arratzua-ubarrundia.com E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Para más información llamar al 945 29 95 16 |
Cuánto cuesta |
Gratuito |
Plazo del Procedimiento |
El mismo día de la inscripción el alta ya es efectiva |
Normativa aplicable |
Artículo 53 y siguientes del Real Decreto 1690/1986, Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (BOE nº190 de 14 de agosto de 1986). Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local (BOE nº 80 de 3 de abril de 1985), art. 15 y siguientes |
Procedimiento tras la solicitud |
Recoger, comprobar y, en caso de ser correcta, escanear y registrar la documentación presentada. |
Resumen de trámites posteriores |
1. En el supuesto de cumplirse todos los requisitos, introducir los datos en la aplicación informática del padrón de habitantes y registrar la solicitud. 2. Firma de Secretaría 3. Comunicar al INE 4. En caso de incumplimiento de alguno de los requisitos, resolución motivada de denegación de alta y notificación a la persona solicitante por parte de Secretaría. 5. Archivar |
Quién lo aprueba |
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Servicio Municipal Responsable de la tramitación |
Atención Ciudadana |
Observaciones |
ü Para facilitar a la ciudadanía el proceso y ganar en agilidad las fotocopias de la documentación a aportar se podrán realizar gratuitamente en las propias oficinas del Ayuntamiento. |