PADRÓN

Alta en el Padrón municipal de habitantes por nacimiento

Qué es

Alta en el padrón municipal de habitantes de Arratzua-Ubarrundia de un/a recn nacido/a

Quién lo puede solicitar

Cualquier progenitor del/la recién nacido/a con autorización del otro, o tutor legal o representante de ambos progenitores o del tutor legal con autorización expresa.

Documentación a aportar

        Hoja de Solicitud de Alta Padronal por Nacimiento cumplimentada.

        DNI, pasaporte o permiso de residencia de la persona solicitante.

        Libro de familia donde conste el/la recién nacido/a.

         En el caso de no acudir ambos progenitores o si el menor se empadrona con uno solo de los progenitores, Documento de autorización entre progenitores,  o documento que demuestre la tutelaen exclusiva del menor.

        Documentación que acredite la tutela, en caso de contar con un tutor legal diferente de los progenitores.

Dónde se solicita

Presencialmente: En el Ayuntamiento C/ Uribea, 12, Durana en horario de Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00.

Por correo postal: En las oficinas de correos mediante correo ordinario.

Telemáticamente: www.arratzua-ubarrundia.com

E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para más información llamar al 945 29 95 16

Cuánto cuesta

Gratuito

Plazo del Procedimiento

El mismo día de la inscripción el alta ya es efectiva

Normativa aplicable

Artículo 53 y siguientes del Real Decreto 1690/1986, Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (BOE nº190 de 14 de agosto de 1986).

Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local (BOE nº 80 de 3 de abril de 1985), art. 15 y siguientes

Procedimiento tras la solicitud

Recoger, comprobar y, en caso de ser correcta, escanear y registrar la documentación presentada.

Resumen de trámites posteriores

1.      En el supuesto de cumplirse todos los requisitos, introducir los datos en la aplicación informática del padrón de habitantes y registrar la solicitud.

2.      Firma de Secretaría

3.      Comunicar al INE

4.      En caso de incumplimiento de alguno de los requisitos, resolución motivada de denegación de alta y notificación a la persona solicitante por parte de Secretaría.

5.      Archivar

Quién lo aprueba

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Servicio Municipal Responsable de la tramitación

Atención Ciudadana

Observaciones

ü Para facilitar a la ciudadanía el proceso y ganar en agilidad las fotocopias de la documentación a aportar se podrán realizar gratuitamente en las propias oficinas del Ayuntamiento.