CATASTRO

Consulta catastral

Qué es

Exámen y búsqueda de datos catastrales no protegidos (incluida la cartografía catastral) que constan en la base de datos del Servicio de Catastro y Valoración.

Son datos protegidos: el nombre, apellidos, razón social, código de identificación y domicilio de quienes figuren inscritos en el Catastro Inmobiliario como titulares, así como el valor catastral, así como el valor catastral tanto del suelo como ,en su caso, de las construcciones.

Quién lo puede solicitar

Cualquier ciudadano

Documentación a aportar

     Solicitud General.

Dónde se solicita

Presencialmente: En el Ayuntamiento C/ Uribea, 12, Durana en horario de Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00.

Por correo postal: En las oficinas de correos.

Por fax: 945 29 96 02

Email: aarrazua.mvictoria@ayto.alava.net

Para más información llamar al 945 29 95 16

Cuánto cuesta

Gratuito

Plazo del Procedimiento

Plazo estimado: En el momento.

Normativa aplicable

-    Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

-    Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, que desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004.

-    Norma Foral 42/1989, de 19 de julio, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

-    Decreto Foral 1080/1992, de 22 de diciembre, por el que se determinan los requisitos para fijación, revisión, modificación y actualización de valores catastrales de los bienes inmuebles de naturaleza urbana (BOTHA de 30 de diciembre de 1992 y 20 de enero de 1993).

-    Decreto Foral 1/1993, de 12 de enero, de Procedimiento de conservación del catastro inmobiliario (BOTHA  de 5/2/1993).

-    Decreto Foral 2/1994, de 18 de enero completado por el Decreto Foral 21/1994, de 1 de marzo, de aprobación de las Normas Técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones.

-    Decreto Foral 7/2008, de 5 de febrero, que modifica las normas que regularán el alta de las nuevas construcciones en el Catastro Inmobiliario a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (BOTHA 13/02/2008).

Procedimiento a seguir después de la solicitud

1.       Recoger y comprobar la documentación a aportar y, en caso de ser correcta, registrar la solicitud.

2.       Obtener los datos a través del sistema informático.

Resumen de trámites posteriores

1.       Remitir los datos obtenidos al solicitante por el Servicio de Atención ciudadana.

2.       Archivar.

Quién lo aprueba

-

Servicio Municipal Responsable de la tramitación

Atención Ciudadana

Observaciones